jueves, 1 de julio de 2010

REFORMA LABORAL

El Gobierno presentó, con dos años de retraso un proyecto de reforma laboral, con dos objetivos, reducir la contratación temporal y abaratar el despido. El resultado a corto plazo va a ser un incremento del paro, porque el coste del despido sigue asustando y van a empeorar las condiciones de la contratación temporal. Hemos tenido más de 12 años de crecimiento continuo para eliminarlos, y lo hacemos en plena crisis de empleo.

En estos momentos de crisis, un empresario que se plantee contratar, sabe que si no está conforme con el rendimiento del trabajador o si las condiciones de mercado le obligan a reducir plantilla, le costará dinero. Menos que antes, pero no lo suficiente para decidir a contratar. Ahora tenía la opción de la contratación temporal, pero como se penaliza y se restringe se creará menos empleo por esta vía.

Dicen que no es una reforma, pero sí lo es, se reforma y se mantiene un sistema obsoleto y rígido. En vez de eso, habría que crear un nuevo sistema laboral que fomente la eficiencia, la productividad, la movilidad y la seguridad económica del trabajador.

Os detallo las novedades.
Contratos temporales: se limita la duración de los contratos de obra y servicios y de los contratos eventuales. Se incrementan sus indemnizaciones.
Causas objetivas de despido: se introduce la causa de pérdidas demostrables, aunque se mantiene la tutela judicial.
Contrato de fomento de la contratación indefinida: se extiende a todos los trabajadores.
Se crea un fondo para las indemnizaciones: a partir de 2012, para abonar parte de las indemnizaciones por los despidos de quienes firmen un contrato de fomento del empleo desde ese momento. Se nutrirá con aportaciones empresariales y se podrá hacer efectivo en caso de despido, reduciendo una parte de lo que deben pagar las empresas, movilidad geográfica o para el desarrollo de actividades de formación. La parte que no se emplee pasará a cobrarse en la jubilación. Hasta la constitución del fondo, las extinciones de los contratos de fomento del empleo, con una indemnización de 33 días por año trabajado, se dividirá entre la empresa y el Fondo de Garantía Salarial, ya sean justificados o no. La empresa abonará 22 días y el Fogasa, los restantes 8.
Flexibilidad interna: Se autoriza a las empresas a modificar las condiciones laborales, en periodos de debilitamiento económico, con el objetivo de evitar que el ajuste se traduzca únicamente en el empleo. Se necesita acuerdo con los trabajadores o un árbitro dictará la modificación.
Cambio en las bonificaciones: incremento de algunas bonificaciones por contratación indefinida.
Inclusión de las ETT: Se liberalizan los servicios de empleo dando entrada a las Empresas de Trabajo Temporal en todos los sectores para orientar, asesorar y colocar a los desempleados. Deberán garantizar que sus usuarios entran en igualdad de condiciones en las empresas.

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